1.- ¿Qué se exige para acceder a la protección consultar?
2.- ¿Qué tipos de asistencia integra la protección consular?
Asistencia en caso de fallecimiento: se presentará asistencia para contactar con los familiares, así como todo lo relativo a la inhumación, incineración o traslado del cadáver y la obtención del certificado de defunción.
Asistencia en accidente o enfermedad graves: en caso de necesitarse evacuación médica, la Embajada o Consulado la gestionará con el Ministerio de Asuntos Exteriores del país de origen.
Asistencia en casos de detención o encarcelamiento: se prestará asistencia para contactar con los familiares, controlar el tratamiento penitenciario, informarle de sus derechos, facilitarle un listado de abogados, tramitar las peticiones de gracia o liberación anticipada e intermediar con los familiares y amigos para la entrega de dinero, en especial para las fianzas y multas.
Asistencia a las víctimas de actos de violencia: se dará de forma inmediata todo tipo de ayuda y apoyo moral, en especial para la asistencia médica y jurídica.
Socorro y repatriación a ciudadanos europeos que se hallen en dificultades: informándole de cómo valerse por sí mismo, prestándole dinero a devolver, proporcionándole un documento especial para poder regresar a su país o costeándole los gastos del exceso de equipaje.
Lo que nunca hará la protección consular será:
- prestar asistencia si existe Embajada del país propio del ciudadano;
- pagar facturas;
- gestionar y abonar el viaje;
- asesorar o intervenir en procedimientos judiciales;
- suministrar información turística.
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