Unión de Cooperativas de Consumidores
y Usuarios de Madrid, UNCUMA

Plaza de Navafría, 3 Bajos | ES-28027 Madrid | Tel: (0034) 914 053 698/611 | Fax: (0034) 914 053 997

© UNCUMA, 2005-12 | Política de privacidad | Aviso legal | web@uncuma.coop

Actualidad

INICIO > Actualidad > Notas de Prensa > 2012

UNCUMA informa sobre el procedimiento para cobrar las indemnizaciones de los afectados por la quiebra de Air Madrid

Consumerismo, 25/01/2012

 

 

Como informó ya UNCUMA, el pasado 10 de enero el Juzgado número 5 de lo Mercantil de Madrid en Sentencia nº 3/12 acordó la finalización de la fase común del procedimiento y aprobó la propuesta de convenio presentada por la aerolínea Air Madrid.

 

En dicha sentencia se aprueba proceder al pago del 100% de los créditos reconocidos a los afectados por el cierre de la aerolínea por los vuelos programados a partir del 15 de Diciembre de 2006 y que no fueron realizados. El pago de estos créditos se realizará en el primer año a contar desde el momento en que la sentencia sea firme, lo que está previsto que se produzca en los próximos días.

 

Los afectados/as podrán solicitar el pago mediante Pagaré nominativo con vencimiento del 7 de enero de 2013 (es decir, que podrá ser cobrado a partir de ese día), por el importe del crédito establecido por el Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid en la Lista de Acreedores definitiva.

 

Para poder obtener el Pagaré, deberán personarse en las oficinas de Air Madrid (Plaza de Ciudad Real, 1, Local 1 28702 San Sebastián de los Reyes, Madrid). Para evitar colas y esperas innecesarias, se ha habilitado un sistema de citas previas (916 520 019) en el que se podrá solicitar el día y hora que más le convenga para la entrega del pagaré nominativo.

 

Como alternativa, los afectados/as pueden optar por el pago por transferencia, debiendo en este caso suscribir el documento que la administración concursal ha puesto a disposición a través de su página web, en http://concurso.airmadrid.com/. Una vez realizados los trámites, la transferencia será cursada el día 7 de enero de 2013.

 

La sentencia excluye de este grupo de afectados a aquellos pasajeros y pasajeras que hubieran tomado un transporte alternativo proporcionado por organismos e instituciones públicas o empresas privadas.

 

Air Madrid ha habilitado también una línea telefónica a través del número 916 520 019 para que los afectados y afectadas puedan solicitar información.

| |

Noticias

Últimas noticias

Histórico 2012

Histórico 2011

Histórico 2010

Histórico 2009

Histórico 2008

Histórico 2007

Histórico 2006

Histórico 2005

Notas de prensa

Últimas notas

Histórico 2012

Histórico 2011

Histórico 2010

Histórico 2009

Histórico 2008

Histórico 2007

Histórico 2006

Histórico 2005

Boletín

Histórico 2008

Histórico 2009