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UNCUMA ofrece a los afectados la información práctica para participar en el concurso de Air Comet

Comunicado de prensa, 06/05/2010

 

 

 

  • El Juzgado Mercantil nº 8 de Madrid dictó auto por el que se procede a la declaración de concurso voluntario en trámite ordinario de la entidad mercantil AIR COMET S.A.U.
     
  • El Auto ha sido publicado en el BOE el 27 de abril de 2010.
     
  • Los acreedores de AIR COMET disponen de 1 mes para comunicar sus créditos a la Administración Concursal de Air Comet.
     
  • Se adjunta formularios de reclamación y direcciones de contacto.

 

 

Con fecha 24 de marzo de 2010 tuvo entrada en el juzgado de lo mercantil nº 8 de Madrid, la solicitud inicial de declaración de concurso por parte de Air Comet S.A.U., invocando la insolvencia actual de la solicitante, presentando un inventario activo declarado por valor total de 84.512.381,78 € y una relación de acreedores por un total de pasivo indicado de 310.410.873,23 €.

 

Para la declaración de concurso se exige el examen de la conformidad de la solicitud con los presupuestos legalmente previstos a tal fin. Por lo que respecta al primer término, recogido en el art. 1.1 LC, es necesario que el deudor posea personalidad conforme a Derecho, y tal como se aprecia, concurre que el solicitante es persona jurídica de tipología societaria mercantil.

 

En cuanto a los efectos, se procede a dar a la tramitación del presente concurso de carácter voluntario, a través del cauce ordinario, no abreviado, de acuerdo con el art. 190 LC.

 

En dicho auto se procede al nombramiento de los administradores concursales.

 

Se ordena mediante el Auto, la intervención por parte de esta Administración Concursal de las facultades de administración y disposición sobre todos los bienes y derechos de Air Comet, que hayan de integrarse en las masas del concurso. La entidad concursada deberá prestar la máxima colaboración y diligencia en todo aquello que sea requerido por la Administración Concursal.

 

En la resolución se ordena el llamamiento a los acreedores de la entidad concursada para que en el plazo de 1 mes, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE, comuniquen sus créditos, debidamente documentados, expresando su cuantía, causa, fecha, y en su caso, clasificación pretendida, por escrito dirigido a la atención de la Administración Concursal.

 

La fecha del BOE en la que se publicó el referido Auto es de 27 de abril de 2010.

 

 

Lugar para tal comunicación: "Administración concursal del concurso de Air Comet" a través del cualquiera de los medios siguientes:

 

  • Por correo ordinario a la siguiente dirección: Paseo de la Castellana, nº 60, 5º, 28046 Madrid.
  • Por Fax 917810841.
  • Por Correo electrónico a la dirección: info@concursoaircomet.com, a la que se acompañará la documentación del crédito escaneada en soporte PDF.

 

Se inserta la resolución, en las páginas Webs existentes de publicidad concursal. Además se prestará información en la siguiente dirección: www.concursoaircomet.com.

 

Los afectados pueden dirigirse a ASGECO Confederación donde se les facilitará toda la información precisa:

 

  • ASGECO Confederación: +34 914 035 078 / +34 914 032 386 / Fax. +34 914 053 997
  • aircomet@asgeco.org

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