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La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, aplaude la decisión de un tribunal en contra de los abusos en los vales de devolución

Comunicado de prensa, 30/10/2008

 

 

 

  • La Audiencia de Barcelona ha declarado "abusivos" los tickets que algunas tiendas ofrecen cuando se devuelve un producto.
     
  • La Audiencia se pronunció en contra de que estos vales tengan fecha límite.
     
  • La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, que recibe multitud de reclamaciones sobre casos similares, se ha pronunciado repetidamente en contra de la caducidad de estos vales.

 

 

La Audiencia de Barcelona ha declarado "abusivos" los tickets que algunas tiendas ofrecen cuando se devuelve un producto. Además, ha condenado a una conocida tienda de ropa de la capital catalana a que devuelva 59 euros más los intereses legales a una joven que cambió unos pantalones por otros más baratos y a la que le entregaron un vale por este valor. Esta sentencia, sin precedentes, y que puede crear jurisprudencia -no puede ser recurrida- ha sido dictada por la sección decimotercera de la Audiencia.

 

La consumidora, cuando intentó canjear un vale que le habían entregado en la tienda donde se había realizado la compra, no lo consiguió con la excusa de que el mismo estaba caducado, por lo que decidió acudir a la justicia. El tribunal razona que la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, "faculta a los compradores a desistir del contrato" y añade que "el vendedor está obligado a devolver las sumas abonadas por el comprador sin retención de gastos". "Serán nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo", recoge la sentencia, que agrega que el hecho de que la clienta aceptara el vale no significa que se le deba privar "del derecho a la suma representada en el mismo".

 

El tribunal también hace hincapié en que el ticket nunca debería llevar una fecha límite porque "el dinero efectivo no caduca" y en que se "limitó la libertad" de la clienta porque estaba obligada a hacer uso del vale en el mismo establecimiento.

 

La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, recibe multitud de reclamaciones sobre casos similares, por lo que alaba la decisión de la Audiencia de Barcelona, ya que defiende los intereses económicos del consumidor. La Confederación se declara rotundamente en contra de la caducidad de estos vales y de que los mismos no puedan ser utilizados en cualquier tienda que pertenezca a un mismo grupo.

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