Comunicado de prensa, 14/12/2006 La Asociación General de Consumidores, ASGECO CONFEDERACIÓN, ha elaborado un decálogo que informa y aconseja a los consumidores sobre la compra de juguetes en fechas navideñas. Con este decálogo, ASGECO CONFEDERACIÓN pretende que los consumidores no se dejen guiar sólo por las campañas publicitarias llevadas a cabo por las empresas fabricantes y distribuidoras, que ven en la Navidad la época idónea para la venta de sus productos. Desde esta asociación, se pretende informar al comprador para que tenga el menor número de problemas a la hora de adquirir un juguete así como fomentar la compra de juguetes variados y adecuados a la edad del menor, favoreciendo además el consumo responsable. El decálogo de ASGECO CONFEDERACIÓN aconseja al consumidor los siguientes puntos: 1.- Partir de las necesidades y preferencias del niño, no de los gustos del adulto, siguiendo las pautas de un consumo responsable (razonable, ético, ecológico y comprometido). 2.- Comprobar que el etiquetado indique correctamente las siguientes indicaciones: nombre, marca registrada y dirección del fabricante, marca de seguridad CE, instrucciones de uso en español y edad a la que se destina el juguete, condiciones de uso (energía eléctrica adicional, acompañamiento de mayores para su uso, etc.) 3.- Evitar la compra de juguetes que fomenten en los niños valores belicistas, sexistas y discriminatorios. Conviene promover juguetes que estimulen la imaginación y la creatividad o cualquier aspecto de la personalidad del niño. 4.- Prestar especial atención en la adquisición de juguetes con propiedades químicas, eléctricas o mecánicas y comprobar que las instrucciones de uso y seguridad son completas. 5.- Recordar que los establecimientos comerciales pueden fijar los precios libremente por lo que pueden existir importantes diferencias entre unos y otros. 6.- Comprobar la garantía que ofrece el establecimiento comercial y guardar todos los justificantes de compra. Si el juguete está defectuoso, el consumidor tiene derecho a exigir la reparación, la sustitución, la rebaja del precio o la resolución del contrato, siempre teniendo en cuenta las características y defectos del juguete. El vendedor ha de responder por los defectos del bien que se manifiesten en un plazo de dos años, a contar desde la fecha de entrega. 7.- No comprar juguetes en puestos callejeros ilegales ya que estas ventas se realizan al margen de cualquier control administrativo y no ofrecen ningunas garantías. 8.- Extremar las precauciones al comprar juguetes en los bazares orientales y de ventas de ocasión. Este tipo de establecimientos suele tener a la venta juguetes fabricados en países del Tercer Mundo, siendo a menudo meras imitaciones de los originales y que suelen presentar múltiples irregularidades. 9.- En caso de reclamación, intentar solucionar amistosamente los conflictos con el vendedor. En caso de no ser posible, dirigirse a una Asociación de Consumidores. 10. Recuerda que la ilusión no tiene nada que ver con el precio o la cantidad de juguetes regalados. |